Para nuestros compañeros, clientes y amigos. Aquí está el video resumen del III Aniversario de nuestra Agrupación de Inmobiliarias MLS SEVILLA, presidida por el Gerente de nuestra empresa, Sevilla 2000 . Más de 500 profesionales congregados el pasado día 13 de marzo en el Hotel Meliá-Lebreros de Sevilla. Un gran evento y un bonito recuerdo. Esto es MLS SEVILLA.
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miércoles, 25 de marzo de 2015
III ANIVERSARIO MLS SEVILLA
Para nuestros compañeros, clientes y amigos. Aquí está el video resumen del III Aniversario de nuestra Agrupación de Inmobiliarias MLS SEVILLA, presidida por el Gerente de nuestra empresa, Sevilla 2000 . Más de 500 profesionales congregados el pasado día 13 de marzo en el Hotel Meliá-Lebreros de Sevilla. Un gran evento y un bonito recuerdo. Esto es MLS SEVILLA.
miércoles, 11 de marzo de 2015
Entrevista a José Gamero en el Diario de Sevilla
Recientemente han realizado una entrevista en el diario de Sevilla a José Gamero, Gerente de Inmobiliaria Sevilla 2000 y Presidente de MLS Sevilla.
Éxito en el I Salón Inmobiliario de Sevilla
Si Señor, se nos ha dado bien el I Salón Inmobiliario de Sevilla.Cerca de 200 nuevos contactos e incluso hemos cerrado in situ una reserva para un apartamento en el Centro. Uno de los Stands más visitados por profesionales y clientes, y sin duda el más animado gracias nuestros clientes y amigos y a nuestro Venenciador de Manzanilla, el amigo Gregorio. Incluso el Diario ABC de Sevilla se ha hecho eco hoy de nuestro éxito sacándonos en la foto que acompañaba a la noticia del éxito de público del Salón.
miércoles, 25 de febrero de 2015
Gran exito del Salón Inmobiliario de Sevilla 2015
miércoles, 22 de octubre de 2014
10 respuestas a las principales dudas sobre el impacto de la reforma fiscal en la venta de una vivienda
artículo escrito por elena serrano, abogada y fundadora del despacho eslawyer, para idealista news
a partir de 1 de enero de 2015, cambiará el panorama tributario para los vendedores de inmuebles que pagarán más impuestos
hacienda no tendrá en cuenta la corrección monetaria ni los coeficientes de abatimiento, dos medidas que afectan en mayor medida a las casas compradas antes de 1994
1. ¿qué grandes conceptos tengo que comprender para entender la reforma?
los grandes cambios que aplicará el gobierno son dos y ambos perjudican a los vendedores. en primer lugar, termina con los coeficientes de corrección monetaria. se suprime este método de actualización del valor de compra, por el que se tenía en cuenta que una cantidad de dinero no tenía el mismo peso hace, pongamos, 30 años, que ahora. a partir de enero, diez millones de pesetas de los años 70 contarán como 60.000 euros actuales pese a que entonces significaban una cantidad mucho mayor de dinero
además, se suprimen los coeficientes de abatimiento, otra medida que beneficiaba al contribuyente. hasta ahora, cuando los bienes se habían adquirido antes del 31 de diciembre de 1994, la parte de la ganancia patrimonial generada desde la fecha de compra hasta el 20 de enero de 2006 podía reducirse en un porcentaje, que en el caso de los inmuebles era 11,11% por cada año desde la compra hasta 31 de diciembre de 1996
2. ¿me afectan estos cambios si reinvierto el dinero en la compra de otra vivienda?
no me afectarán siempre que el inmueble que he vendido fuera mi vivienda habitual y reinvierta todo el importe obtenido, en la compra de una nueva vivienda habitual en el plazo de dos años. y no me afectarán porque en ese caso la ganancia estará exenta
3. ¿y si soy mayor de 65 años?

las personas mayores de 65 años no tendrán que tributar por la venta de su vivienda habitual, aunque no reinviertan en una nueva vivienda habitual.
además, la reforma introduce una novedad para estas personas: estará exenta la ganancia patrimonial generada en la venta de otros inmuebles (aunque no sean su vivienda) si reinvierten todo el precio de venta en una renta vitalicia complemento de su pensión, con el límite máximo de 240.000 euros
además, la reforma introduce una novedad para estas personas: estará exenta la ganancia patrimonial generada en la venta de otros inmuebles (aunque no sean su vivienda) si reinvierten todo el precio de venta en una renta vitalicia complemento de su pensión, con el límite máximo de 240.000 euros
4. ¿si quiero vender una casa que compré antes de 1994, me conviene venderla antes de final de año?
sí, porque se beneficiaría de los coeficientes de abatimiento y la corrección monetaria que el año que viene desaparecen
5. ¿pagaré lo mismo por vender una casa comprada que una casa heredada?
a efectos de calcular la ganancia patrimonial no importa el modo en que se adquirió la vivienda, por compra o por herencia. si se obtuvo por menor valor del que se transmite, se produce un incremento patrimonial que tributará en el irpf
6. ¿y qué ocurre si la adquirí en el mismo año en que la vendo?
pues que la ganancia patrimonial se ha producido en un período de tiempo inferior al año, por lo que su importe se integrará en la parte general de renta y se aplicará la tabla general del impuesto, con tipos de entre el 24,75% y el 52%
7. en este caso, ¿convendría vender el inmueble comprado este mismo año después de la reforma?
sí, porque a partir de 2015, las rentas que se produzcan por la transmisión de elementos patrimoniales que han estado menos de un año en mi patrimonio se integrarán en la base imponible del ahorro, con tipos de entre 20% y el 24% en 2015 (del 19% al 23% a partir de 2016). esto es beneficioso para el vendedor, puesto que los tipos máximos son considerablemente más bajos que en la parte general. de cualquier manera, todos los casos necesitan de un estudio pormenorizado
8. en 2015, ¿es mejor que venda o que done una vivienda a mis hijos?
en ambos casos se genera una ganancia patrimonial que deberá tributar en la renta, por lo que, en general, no existe un beneficio clara para optar por uno u otro sistema. es decir, si un padre dona a su hijo una casa, obtiene una plusvalía por ello que se calcula por diferencia entre precio de compra y el precio de mercado en el momento de la donación
9. ¿cambia la legislación para otros tipos de inmuebles? (garajes, oficinas, locales, suelos, etc.)
la eliminación de los coeficientes de abatimiento afecta a todo tipo de inmuebles y no sólo eso, porque afecta también a la transmisión de otros elementos adquiridos antes de 31 de diciembre de 1994 como, por ejemplo, acciones o participaciones
10. ¿afectan mis otras rentas al importe que deberé pagar por la ganancia patrimonial generada en la venta? ¿puede ser que al vender la misma casa dos personas paguen importes diferentes en función de sus otros ingresos?
la venta de inmuebles a menos de un año hasta final de 2014 se integra en la base imponible general del irpf por lo que el resto de rentas (como los rendimientos del trabajo) podría incrementar el tipo aplicable
11. compré una casa en agosto de 1975 por 12.000 euros y la voy a vender por 350.000. ¿cuánto pagaría antes y después de la reforma?

a partir de 1 de enero de 2015, cambiará el panorama tributario para los vendedores de inmuebles que pagarán más impuestos
hacienda no tendrá en cuenta la corrección monetaria ni los coeficientes de abatimiento, dos medidas que afectan en mayor medida a las casas compradas antes de 1994
1. ¿qué grandes conceptos tengo que comprender para entender la reforma?
los grandes cambios que aplicará el gobierno son dos y ambos perjudican a los vendedores. en primer lugar, termina con los coeficientes de corrección monetaria. se suprime este método de actualización del valor de compra, por el que se tenía en cuenta que una cantidad de dinero no tenía el mismo peso hace, pongamos, 30 años, que ahora. a partir de enero, diez millones de pesetas de los años 70 contarán como 60.000 euros actuales pese a que entonces significaban una cantidad mucho mayor de dinero
además, se suprimen los coeficientes de abatimiento, otra medida que beneficiaba al contribuyente. hasta ahora, cuando los bienes se habían adquirido antes del 31 de diciembre de 1994, la parte de la ganancia patrimonial generada desde la fecha de compra hasta el 20 de enero de 2006 podía reducirse en un porcentaje, que en el caso de los inmuebles era 11,11% por cada año desde la compra hasta 31 de diciembre de 1996
2. ¿me afectan estos cambios si reinvierto el dinero en la compra de otra vivienda?
no me afectarán siempre que el inmueble que he vendido fuera mi vivienda habitual y reinvierta todo el importe obtenido, en la compra de una nueva vivienda habitual en el plazo de dos años. y no me afectarán porque en ese caso la ganancia estará exenta
3. ¿y si soy mayor de 65 años?
las personas mayores de 65 años no tendrán que tributar por la venta de su vivienda habitual, aunque no reinviertan en una nueva vivienda habitual.
además, la reforma introduce una novedad para estas personas: estará exenta la ganancia patrimonial generada en la venta de otros inmuebles (aunque no sean su vivienda) si reinvierten todo el precio de venta en una renta vitalicia complemento de su pensión, con el límite máximo de 240.000 euros
además, la reforma introduce una novedad para estas personas: estará exenta la ganancia patrimonial generada en la venta de otros inmuebles (aunque no sean su vivienda) si reinvierten todo el precio de venta en una renta vitalicia complemento de su pensión, con el límite máximo de 240.000 euros
4. ¿si quiero vender una casa que compré antes de 1994, me conviene venderla antes de final de año?
sí, porque se beneficiaría de los coeficientes de abatimiento y la corrección monetaria que el año que viene desaparecen
5. ¿pagaré lo mismo por vender una casa comprada que una casa heredada?
a efectos de calcular la ganancia patrimonial no importa el modo en que se adquirió la vivienda, por compra o por herencia. si se obtuvo por menor valor del que se transmite, se produce un incremento patrimonial que tributará en el irpf
6. ¿y qué ocurre si la adquirí en el mismo año en que la vendo?
pues que la ganancia patrimonial se ha producido en un período de tiempo inferior al año, por lo que su importe se integrará en la parte general de renta y se aplicará la tabla general del impuesto, con tipos de entre el 24,75% y el 52%
7. en este caso, ¿convendría vender el inmueble comprado este mismo año después de la reforma?
sí, porque a partir de 2015, las rentas que se produzcan por la transmisión de elementos patrimoniales que han estado menos de un año en mi patrimonio se integrarán en la base imponible del ahorro, con tipos de entre 20% y el 24% en 2015 (del 19% al 23% a partir de 2016). esto es beneficioso para el vendedor, puesto que los tipos máximos son considerablemente más bajos que en la parte general. de cualquier manera, todos los casos necesitan de un estudio pormenorizado
8. en 2015, ¿es mejor que venda o que done una vivienda a mis hijos?
en ambos casos se genera una ganancia patrimonial que deberá tributar en la renta, por lo que, en general, no existe un beneficio clara para optar por uno u otro sistema. es decir, si un padre dona a su hijo una casa, obtiene una plusvalía por ello que se calcula por diferencia entre precio de compra y el precio de mercado en el momento de la donación
9. ¿cambia la legislación para otros tipos de inmuebles? (garajes, oficinas, locales, suelos, etc.)
la eliminación de los coeficientes de abatimiento afecta a todo tipo de inmuebles y no sólo eso, porque afecta también a la transmisión de otros elementos adquiridos antes de 31 de diciembre de 1994 como, por ejemplo, acciones o participaciones
10. ¿afectan mis otras rentas al importe que deberé pagar por la ganancia patrimonial generada en la venta? ¿puede ser que al vender la misma casa dos personas paguen importes diferentes en función de sus otros ingresos?
la venta de inmuebles a menos de un año hasta final de 2014 se integra en la base imponible general del irpf por lo que el resto de rentas (como los rendimientos del trabajo) podría incrementar el tipo aplicable
11. compré una casa en agosto de 1975 por 12.000 euros y la voy a vender por 350.000. ¿cuánto pagaría antes y después de la reforma?

La reforma fiscal acelera la venta de casas antiguas
En medio del profundo estancamiento inmobiliario que está viviendo España, algunas medidas impositivas han animado puntualmente las transacciones, tal como ocurrió con la eliminación de la deducción por compra de vivienda en 2013 (que aceleró las operaciones en los meses previos a su entrada en vigor). Ahora, la reforma fiscal de Cristóbal Montoro (aprobada el pasado miércoles en el Parlamento) incluye una medida que ya está moviendo el mercado de viviendas usadas. Y la presión sobre los vendedores irá creciendo a medida que se acerque el final de año.
El motivo es el contundente palo impositivo que sufrirán aquellos propietarios que hayan comprado su casa antes de 1995 y la «coloquen» a partir del próximo enero. Actualmente, cuando se vende una vivienda —o cualquier otro bien inmobiliario— no se tributa por la revalorización que haya experimentado desde el año en que se compró.Esto se debe a que existen dos coeficientes correctores esenciales. Uno es el de actualización (que tiene en cuenta la inflación); y el otro es el de abatimiento (que reduce la ganancia patrimonial en inmuebles adquiridos antes de 1995, con una rebaja que crece de forma progresiva en función de la antiguedad).
Para comprender la enorme magnitud de esta subida en la carga fiscal, el letrado Francisco Soto Balirac pone un ejemplo muy ilustrativo en la página web de Garrigues (bufete en el que es asociado). Si un inmueble se adquirió en el año 1970 por 400.000 pesetas y se vende en el próximo año por 200.000 euros, la revalorización es de 197.600 euros. A partir de 2015, se le aplicará un gravamen de entre el 20 y el 24% y el total a pagar superará los 46.000 euros. Tal es el resultado de tributar por el 100% de la ganancia. ¿Qué ocurría hasta ahora? Aplicando los dos coeficientes (actualización y abatimiento) «la factura a pagar al fisco por esta operación será de 8.500 euros, menos de una quinta parte», según los cálculos de Soto Balirac. Se trata de un ejemplo que puede coincidir con muchas viviendas de barrios como Nervión o Los Remedios.
(PUBLICADO EN SEVILLA.ABC.ES)
Aviso a propietarios: el defensor del pueblo, preocupado por el aumento de impuestos para quien venda su casa en 2015

La reforma fiscal del ministro montoro contempla subidas de impuestos (vía irpf) para el propietario que venda su vivienda a partir de 2015. por eso, eldefensor del pueblo muestra su preocupación, en especial para aquellos contribuyentes que puedan verse obligados a vender su vivienda por una situación de dificultad económica. además, advierte del impacto que puede tener en el sector inmobiliario
soledad becerril, defensora del pueblo, ha pedido información al ministerio de hacienda sobre los cambios previstos en el proyecto de reforma fiscal: la eliminación de los coeficientes de actualización y de los coeficientes de abatimiento en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (irpf), unos coeficientes que reducen la fiscalidad en la venta de inmuebles vía irpf pero que tienen los días contados si sale adelante esta reforma
el objetivo de este organismo es saber si se ha previsto alguna modificación que tenga en cuenta a contribuyentes que puedan verse obligados a vender su vivienda por una situación de dificultad económica. la eliminación de estos dos coeficientes hará que aumente la tributación por las ganancias obtenidas en la venta de inmuebles, especialmente de inmuebles adquiridos antes de 1994
además, prevé un impacto en el sector inmobiliario en forma de una oleada de venta de inmuebles de aquí a finales de año y en forma de alteración de precios
- los coeficientes de actualización sirven para corregir la depreciación monetaria; con su aplicación se obtiene un valor de compra actualizado a la fecha de venta. por ello, cuando entre en vigor la reforma fiscal quienes decidan vender una vivienda tendrán que pagar más por esa plusvalía patrimonial que si la venta se hubiera hecho en el año 2014, cuando existía la actualización
- los coeficientes de abatimiento reducen la ganancia sujeta al pago de impuestos para los activos adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994. al eliminarlos las plusvalías patrimoniales por la venta de un inmueble que se posee desde hace tiempo, tendrán que tributar en el irpf por cantidades muy superiores a las actuales
por poner un ejemplo de cómo puede afectar la eliminación, tengamos en cuentauna casa comprada en 1989 por el equivalente en pesetas a 80.000 euros y vendida el 1 de julio de 2014 por 500.000. el vendedor hoy pagará en impuestos aproximadamente 29.000 euros menos (aplicando los coeficientes) que si vendiera la casa en enero de 2016, una vez aplicada esta reforma
¿quién se salvará de pagar más impuestos por la venta de su vivienda a partir de 2015?
los siguientes colectivos deben vender su casa (en especial los que compraron antes de 1994) para no perder los beneficios fiscales acumulados: quienes no venden una vivienda habitual; quienes no tienen intención de reinvertir la cantidad obtenida en la venta en la compra de otra y quienes realizan la venta de una casa pero agotan el plazo de dos años para comprar otra
(PUBLICADO EN IDEALISTA.COM)
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