Blog de Inmobiliaria Sevilla 2000

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jueves, 20 de octubre de 2011

Más del 63% de los españoles se plantea comprar una vivienda en los próximos meses

El mercado inmobiliario español no está completamente paralizado. La demanda existe y está siendo muy dinámica con la búsqueda de vivienda. Una encuesta sobre intención de compra realizada por el portal inmobiliario pisos.com entre sus usuarios indica que el 63,3% se plantea comprar una vivienda en los próximos meses.


Concretamente,  un 15,9% tiene pensado cerrar la operación antes de que termine el 2011, mientras que un 23,6% se ha puesto como fecha límite de adquisición el 2012. Estos datos, según Miguel Ángel Alemany, director general de pisos.com, reflejan que “los potenciales compradores no se han evaporado, ya que la vivienda continúa siendo una inversión esencial para cualquier familia. Sin embargo, las decisiones de compra que antes no llevaban más de tres meses, ahora se alargan porque se selecciona con mayor empeño, se intenta ajustar más en la negociación y la hipoteca toma también más tiempo”.

Hipoteca sin problemas

Lograr una hipoteca es una meta que no asusta a los futuros compradores tanto como cabría imaginar. Así, el 72,4% opina que tendrá que visitar varias sucursales, pero que conseguirá formalizar su préstamo. Asimismo, un 16% cree que contando con un avalista no tendrá ningún problema. Tan solo un porcentaje del 11,5% no muestra confianza plena con la financiación posterior del inmueble.

Es probable que esta seguridad guarde relación con el tiempo que llevan tanteando el mercado los que se plantean seriamente la compra como opción, puesto que el 58,1% ya ha realizado varias visitas a inmuebles en venta. En cuanto a los métodos de búsqueda, Internet es la clave para un 95,5% de los usuarios, aunque las agencias inmobiliarias (37,9%), los carteles a pie de calle (37,2%) y el stock de las entidades (21,1%) también son consultados para hacerse una imagen global de la oferta.

La economía personal pesa más que el precio

La encuesta de pisos.com también trata de descubrir las razones que paralizan la decisión de compra de los usuarios, el 36,4% del total. De tal modo, el 43,3% considera que, aunque los precios de las viviendas son ajustados, su situación económica personal no les permite pensar en la compra. Si las finanzas personales mejoraran, el 36,1% pasaría a plantearse la compra como opción. Un 26,6% aspira a mayores ajustes de precio.

Por otro lado, el pesimismo con respecto al acceso al crédito aumenta en el grupo de los no compradores: un 59,1% opina que no conseguiría financiación aun encontrando una vivienda que se ajustara a sus necesidades. No obstante, el 40,9% cree que lograría una hipoteca, pero que si no se da el paso, es porque la oferta inmobiliaria actual no responde a sus criterios.

Medidas fiscales sin impacto

Las medidas puestas en marcha por el Gobierno podrían impulsar más la demanda, pero a la luz de los resultados de la encuesta, el calado de las mismas resulta mínimo. El 60,2% no cree que la reducción del IVA para la compra de vivienda de obra nueva sea un motivo suficiente para lanzarse a la adquisición de una vivienda. Por otro lado, el 24,4% reconoce que su interés se encamina a la segunda mano, segmento al que no afecta este ahorro. No obstante, ante una posible recuperación de la desgravación por compra de vivienda, el 62,3% concluye que no sería un factor determinante para acelerar su interés en comprar.
(publicado en finanzas.com)

viernes, 14 de octubre de 2011

Ignoramos Cuándo y Cómo revisar la Hipoteca

El 25 por ciento de los consumidores no sabe cuándo y cómo se revisa la hipoteca de su vivienda
“Una nueva denuncia de las asociaciones de consumidores señala a la banca, y de nuevo a cuento de las hipotecas. Bancos y cajas dan pocos créditos hipotecarios y encima no son lo necesariamente transparentes.

La asociación de consumidores Facua ha realizado una encuesta sobre la información y las condiciones impuestas a los usuarios por el sector bancario en la firma de préstamos hipotecarios.  Una de las conclusiones más llamativas es que el 25 por ciento de los consumidores no sabe cuándo y cómo se revisa su hipoteca.
Además, el 40 por ciento de los hipotecados no recibieron información, de manera completa y detallada, sobre el tipo de interés aplicable y su revisión. Un porcentaje aún mayor, el 55 por ciento, ni siquiera fue informado previamente de los gastos y comisiones aplicables”.

publicado en 20minutos.es

Consejos Legales para Alquilar

Estar al día en términos legales es imprescindible en los tiempos que corren. Aquí os mostramos una serie de consejos legales que deben tenerse en cuenta antes de alquilar:
¿Es necesario que el contrato de alquiler se formalice por escrito para que sea válido?
Si bien los contratos de alquiler deben formalizarse por escrito, la forma escrita, impuesta por la ley, no es condición para la existencia misma del contrato, sólo se requiere a los efectos de probar su celebración.
¿Cuáles son los plazos máximos y mínimos?
Con respecto a los plazos mínimos la ley diferencia a las locaciones según para qué destino vayan a realizarse: si se trata de locaciones con fines de vivienda, el plazo mínimo será de 2 años; para los restantes destinos (comercio, industria, ejercicio de profesiones, etc.) dicho plazo será de 3 años. En base a esto, cuando los contratos de alquiler se celebren por términos menores serán considerados como formulados por los plazos legales.
 ¿Los pagos deben pactarse siempre por períodos mensuales?
Sí, es un requisito que establece la ley, limitando en este caso el principio de libertad de contratación que se establece como regla general para todos los contratos.
¿Se pueden pactar cláusulas de ajuste de los alquileres?
No, se castiga este tipo de cláusulas declarándolas nulas, desde que la Ley de Convertibilidad prohibió todo tipo de indexación.
¿Qué diferencia hay entre la fianza y el depósito en garantía?
La fianza es un contrato (accesorio al de locación), que se configura cuando una de las partes (fiador o garante) se obliga accesoriamente por un tercero (el locatario), y el acreedor de ese tercero (el locador) acepta su obligación accesoria. En otras palabras, el fiador es una persona que asume, frente al locador, todas las responsabilidades inherentes al locatario.
En cambio, el depósito en garantía implica la entrega de una suma de dinero afectada a amparar el cumplimiento de las obligaciones emergentes del contrato de locación. La fianza también garantiza igual evento, pero es personal.
¿Se pueden pactar pagos anticipados?
La ley prohibe al locador la exigencia de pago de alquileres anticipados por períodos mayores de un mes; y de depósitos en garantía por cantidad mayor del importe equivalente a un mes de alquiler por cada año de locación contratado.
¿Puede el locatario dar por terminado el alquiler antes del período pactado?
La Ley de Locaciones Urbanas en el capítulo en que trata “Locaciones de Inmuebles destinados a Vivienda” dispone que el locatario podrá, transcurridos los seis primeros meses de vigencia de la relación locativa, resolver (terminar) la contratación, debiendo notificar en forma fehaciente su decisión al locador con una antelación mínima de sesenta días de la fecha en que reintegrará lo arrendado.
También dispone la ley que si se ejerce esta opción durante el transcurso del primer año del contrato, se deberá abonar al locador una suma indemnizatoria equivalente a un mes y medio de alquiler, y la de un solo mes si la opción se ejercita transcurrido dicho plazo.

 (publicado en spainhouses.net)

Sube el Alquiler tan sólo un 1 por ciento

El precio del alquiler sube el 1 por ciento y encadena dos años por debajo del IPC

“El precio del alquiler de la vivienda subió un 1 por ciento en septiembre frente al mismo mes del ejercicio anterior, según desveló ayer el Instituto Nacional de Estadística (INE). Encadena así más de dos años consecutivos por debajo de la inflación, que en el noveno mes del año escaló hasta el 3,1 por ciento, además de suponer la menor tasa desde enero de 2011.

Con este dato, se constata además la estabilidad que experimenta el precio del arrendamiento de la vivienda, no sólo porque el aumento es idéntico al registrado en julio y agosto, sino porque hay que remontarse a marzo del pasado año para encontrar repuntes por encima de la inflación. La evolución contrasta así con los crecimientos alcanzados en los años previos a la crisis y en pleno auge del sector inmobiliario, cuando los precios de los arrendamientos aumentaban por encima del 4 por ciento.
De esta forma, el precio del alquiler de vivienda, que registró un alza del 1,2 por ciento entre enero y marzo de este año, se redujo una décima en los tres meses siguientes y cayó hasta el 1 por ciento en el tercer trimestre del año. Por comunidades, el País Vasco fue la región en la que más se encareció el alquiler (1,6 por ciento), seguida de Canarias (1,4 por ciento) y Cataluña (1,3 por ciento). Le siguieron Andalucía, Aragón, Castilla y León y Castilla-La Mancha, con el 1,1 por ciento, respectivamente”.

(publicado por larazon.es)

jueves, 13 de octubre de 2011

los 7 pecados capitales que se cometen al vender o comprar una casa por prescindir de las inmobiliarias (publicado por idealista.com)

Los siete errores de compradores y vendedores por prescindir de la inmobiliaria
la inmobiliaria re/max españa ha realizado una encuesta entre sus 500 asociados en españa,  para dar a conocer los principales errores de compradores y vendedores que no optan por servicios profesionales a la hora de vender su casa
en su opinión, "las gestiones y acciones a llevar a cabo tanto por parte de vendedores como de compradores son cada vez más complejas y demandan la necesidad de intervención de intermediarios inmobiliarios estrictamente profesionales". según los datos de su encuenta, se  pone de manifiesto los siguientes errores:

1. desconocer las gestiones de venta
en su mayoría, los vendedores independientes apenas conocen las innumerables gestiones que puede llevar una venta. la atención de llamadas y visitas, la compleja redacción que conlleva la elaboración de contratos de compraventa,  el acompañamiento y preparación de la escritura notarial, el asesoramiento en la valoración fiscal del inmueble o en el cambio de catastro o de suministros,  son solo algunos ejemplos extraídos tras la elaboración esta encuesta. aspectos, que por el contrario son ofrecidos por  los profesionales inmobiliarios, ya que brindan una asistencia integral que abarca todo el proceso desde que se firma el control de gestión de venta hasta los servicios de notaria

2. poner precio equivocado
la valoración de la propiedad es otro punto a tener en cuenta.  en palabras de los asociados re/max, los clientes vendedores tienden a valorar sus inmuebles por encima del precio del mercado, lo que incurre en un enorme descenso de posibilidades de venta, así como la ralentización de la misma. y es que, en muchas ocasiones los dueños del inmueble son incapaces de ver su vivienda de forma objetiva, siendo invisibles o poco importantes los defectos que tiene su casa, lo que les lleva a pensar en precios muy superiores a los del mercado, por este motivo, es aconsejable que el agente inmobiliario realice previamente un exhaustivo estudio de mercado personalizado para cada cliente tras el cual se aconseja el precio de venta inicial

3. no filtrar visitas
a la hora de mostrar una vivienda, el vendedor también incurre en una serie de errores que pueden dificultar en un alto grado la venta. la necesidad de establecer un filtro en  las visitas es un aspecto que apenas se tiene cuenta, ya que en muchas ocasiones el vendedor no repara en el hecho de que no todos aquellos que solicitan visitar su vivienda son potenciales compradores sino curiosos o incluso posibles ladrones

4. errar en el proceso de compra
en este sentido, los vendedores no son los únicos en cometer errores a la hora de realizar una operación inmobiliaria. y es que en multitud de ocasiones, el comprador no repara en aspectos tan esenciales como los gastos adicionales al precio de la compra del inmueble o la documentación necesaria. por este motivo, un profesional del sector siempre debe realizar un estudio financiero previo y sin coste alguno al posible comprador, gracias al cual el cliente conocerá completamente y sin imprevistos el potencial económico real con el que cuenta, así como los gastos que deben ser asumidos por el anterior propietario y la confirmación de que el inmueble que adquiere está libre de cargas económicas. de ahí la necesidad de realizar filtros al cliente comprador en función de su interés real y sus necesidades y posibilidades de compra

5. decoración demasiado personal
otro aspecto detectado en ese sentido por los profesionales encuestados son el hecho de que muchos vendedores se consideran como los más aptos para mostrar su vivienda, sin tener en cuenta los beneficios de enseñar casas totalmente despersonalizadas y desvinculadas emocionalmente de sus dueños. técnicas como el home staging, muy común en estados unidos y consistente en decorar los inmuebles despersonalizándolos y sacando el máximo partido de los mismos, es constantemente utilizada por los agentes re/max logrando casas mucho más atractivas para el comprador

6. rechazar vender en exclusiva con una agencia
tampoco podemos obviar los beneficios de trabajar en exclusiva, aspecto que al principio resulta muy difícil de comprender para los clientes, según los encuestados, pero que mejora y acelera enormemente los resultados de venta. en re/max, solo se captan propiedades en exclusiva, razón por la cual los agentes disponen de una cartera de inmuebles que trabajan de forma constante y  personalizada. esta personalización que solo concede el trabajo en exclusiva hace que los agentes se responsabilicen absolutamente de la venta de su cartera de viviendas y aúnen todos los esfuerzos necesarios para posicionarlas y localizar así al comprador ideal de esos inmuebles

7. obviar un plan de marketing
incapacidad a su vez, y dependiendo de las necesidades de cada cliente,  también es conveniente realizar un plan de marketing con su consecuente plan de acción publicitaria, también personalizado para cada cliente. aspectos, que sin lugar a dudas solo conoce un agente inmobiliario, dada su dilatada experiencia y conocimientos del sector y el proceso.
en opinión de remax, “todos estos aspectos ponen de manifiesto la necesidad de contar con profesionales a la hora de realizar operaciones inmobiliarias"

Tras este análisis de idealista, recordarle a todos/as que en Sevilla 2000 estamos a vuestra disposición para todo lo que puedan necesitar:

1.- Somos verdaderos Especialistas en nuestro barrio, Sevilla Este. Sevilla 2000 tiene un equipo de 7 comerciales trabajando únicamente nuestro barrio.
2.- Conocemos al dedillo toda la problemática VPO de Sevilla Este, estando al día de toda la legislación vigente en cuanto a Descalificaciones y Autorizaciones de Venta. Asesoramiento impecable y seguro en este sentido en manos de profesionales con experiencia. (Ojo, no se la juegue con la Consejería de Hacienda ni con la Consejería de Vivienda de la Junta de Andalucía). Al cabo de 2 años pueden llegarle desagradables sorpresas.
3.- Somos auténticos especialistas en la gestión hipotecaria y financiación de viviendas VPO (hipotecas hasta el 100% de valor de mercado) ya que tenemos convenios con distintas entidades bancarias concediéndonos este tipo de hipotecas a cambio de un determinado volumen de las mismas, y a las que ningún particular tiene acceso en absoluto.

GRUPO INMOBILIARIO SEVILLA 2000

lunes, 10 de octubre de 2011

los notarios están devolviendo lo cobrado de más por cancelar préstamos a los hipotecados (publicado por idealista)

Las comisiones cobradas por algunos notarios ha sido superior a lo permitido tras conocerse hace un mes que varios notarios y registradores cobraron millones de euros de forma indebida por cancelar hipotecas, ahora la dirección general de los registros y del notariado (dgrn) está obligando a devolver el dinero cobrado de más a los notarios denunciados por aplicar aranceles superiores.

Según informó la organización de consumidores y usuarios (ocu), notarios y registradores incumplieron la normativa en materia arancelaria aprobada en 2007, que suponía un abaratamiento importante de los trámites de cancelación de una hipoteca. desde el cambio normativo de 2007 el notario ha de cobrar una cuantía fija de 30,05 euros, sea cual sea el importe de la hipoteca cancelada. y el registrador debe cobrar 24 euros.

Algunas resoluciones de la dirección general de los registros y del notariado exigen al notario recurrido que emita una nueva minuta, cobrando estos importes y que devuelvan lo cobrado de más. los colegios notariales de madrid o de galicia llegaron a desestimar las reclamaciones de los clientes pero estas resoluciones también anulan esta práctica de los colegios.

cinco consejos para fijar bien el precio de venta de una vivienda (publicado por idealista.com)



Actualmente se consiguen vender pocas viviendas, por lo que para cerrar la venta con éxito el propietario debe agudizar el ingenio y destacar frente a otros vendedores de la zona. para hacer el inmueble atractivo no hay mejor “tecla” que tocar que el precio y aquí es donde se deben volcar los esfuerzos por poner uno sugerente y pensado. el agente inmobiliario brendon desimone ofrece varias recomendaciones para hacer atractivo el precio de venta, entre ellos destaca poner un precio con números redondos, que esté por debajo del mercado y dejarse asesorar por una inmobiliaria


1. el comprador no quiere ser el único interesado en la casa: si el vendedor vende su casa a un precio algo inferior al precio de mercado estimulará el interés de más compradores, no sólo de uno. el comprador no quiere ser el único interesado en la casa. además, si al vendedor le urge vender, fijar un precio por debajo del valor de mercado es una buena opción


2. el precio de venta debe entrar en rangos atractivos: la mayoría de los compradores buscan una casa con un precio tope, por ejemplo, 300.000 euros. todo lo que esté por encima de ese precio aunque sea muy poco más se quedará fuera del radar del comprador en sus búsquedas por internet o en otras bases de datos de inmobiliarias. Aunque hay compradores que amplían el rango con perspectivas de rebajar, poner el precio en 305.000 euros puede hacernos perder oportunidades al no salir en muchas búsquedas por ua pequeña cantidad de dinero que seguramente luego nos tocaría rebajar en la negociación


3. evitemos ser los más originales al poner la cifra: a veces los vendedores quieren ser creativos con el precio de venta, por ejemplo, en lugar de vender la casa por 200.000 euros, lo venden por 235.256 euros. esta “creatividad” hay que mantenerla al margen porque puede dar una imagen al comprador que no se corresponde con la realidad. el objetivo es mostrar la vivienda y atraer al mayor número de compradores y fijar un precio de venta peculiar es contraproducente. Es un caso común aún las personas que piensan el precio en pesetas (por ejemplo 57 millones de pesetas) y luego lo ponen en euros salga la cifra que salga (342.576 euros)


4. es aconsejable elaborar un plan a y b sobre el precio de venta: en muchas ocasiones los vendedores tienen elevadas expectativas sobre el atractivo de su vivienda y fijan un precio muy elevado. está claro que hay que intentar vender la casa al mejor precio posible pero es recomendable elaborar un “plan b”: fijar un precio más acorde con la realidad del mercado para que el vendedor se vaya mentalizando y no se lleve una sorpresa desagradable si ve que no consigue vender su casa al precio que pensaba


5. el precio es un debate continuo: si el vendedor se deja asesorar por un agente inmobiliario es bueno escuchar diferentes precios ante las condiciones cambiantes del mercado, por lo que lo mejor es que el vendedor sea lo más flexible posible. así, tendrá más posibilidades de obtener el mejor precio con la menor preocupación

artículo visto en zillow

lunes, 3 de octubre de 2011

Vender una Vivienda Protegida (VPO) en Sevilla Este


Si es usted propietario de una vivienda protegida o vivienda de protección oficial (Viviendas VPO como todo el mundo las conoce) y está interesado en venderla debe seguir el procedimiento y los requisitos establecidos en la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo, y el Reglamento de Vivienda Protegida aprobado por Decreto 149/2006, de 25 de julio.
            Las condiciones de la transmisión van a depender siempre de la normativa en que se calificara la vivienda en su momento, tanto en lo que se refiere al cálculo del precio, como al ejercicio o no del derecho de tanteo.
            Esta normativa puede encontrarla generalmente en la escritura pública de la vivienda, en una nota literal del Registro de la Propiedad o consultarla en la Delegación Provincial, puede servirle como orientación la que estuviera vigente en el año del expediente.
            En INMOBILIARIA SEVILLA 2000 somos especialistas en todo este tipo de gestiones administrativas con la Junta de Andalucía, llevando ya 10 años en Sevilla Este vendiendo viviendas VPO y tramitando con total éxito y garantía estas gestiones en la Delegación Provincial de la Conserjería de Obras Públicas sita en la Plaza de San Andrés nº 2.
            Pero en estos 10 años, los procedimientos y la legislación han ido cambiando considerablemente y es imprescindible mantenerse siempre y en todo momento al día y actualizado en cuanto a  los requerimientos que la legislación vigente exige para la venta de estas Viviendas de Protección Oficial VPO. 
A día de hoy y a grandes rasgos, el procedimiento es el siguiente:
  1. Comunicar a la Delegación Provincial las condiciones de esta transmisión. Existen unos modelos de comunicación de vendedor y comprador que hay que utilizar a tal fin.
  2. La Delegación Provincial le contestará autorizando la transmisión si se cumplen los requisitos y renunciando al derecho de tanteo que tiene la Comunidad Autónoma.
  3. Si no se cumplieran las condiciones de la transmisión se le comunicará este hecho y la transmisión no debe producirse pudiéndose ejecutar el retracto si esto sucede o imponer las sanciones que procedan según los casos.
            En función de la normativa que le sea de aplicación por su calificación, la vivienda puede estar sujeta a la prohibición de vender la vivienda en un plazo determinado, salvo que se justifiquen los motivos por alguna de las causas que contempla el artículo 26 del Reglamento de Vivienda Protegida y que son entre otras: motivos laborales, incremento de los miembros de la unidad familiar, ser algún miembro de la unidad familiar víctima de terrorismo o de violencia de género,  etc ….
            Existen igualmente varios requisitos que deben reunir tanto vendedores como compradores. Los principales entre otros son que el precio de la transmisión no puede superar el máximo legal, que la vivienda sea destinada a residencia habitual y permanente, que el comprador no tenga otra vivienda en propiedad ni supere los ingresos máximos permitidos, etc …
            De igual manera la documentación a aportar por ambas partes es extensa y específica y debe justificar todos estos requisitos así como otros documentos que hay que aportar para la correcta identificación y acreditación de la vivienda, de la determinación del precio, de las condiciones de la transmisión, de los ingresos de la parte compradora y del cumplimiento de los requisitos para ser transmisor y destinatario de la vivienda protegida en cuestión.
            Es indispensable por lo tanto que la Solicitud vaya correcta y totalmente cumplimentada y acompañada de todos estos anexos que acrediten la legalidad de la transmisión. De igual forma es necesario calcular de forma exacta los precios máximos de venta en función de los metros cuadrados de la vivienda y en su caso del garaje y trastero si los tuviere, e incluso de alguna variable más.
            El cálculo de los ingresos máximos de la unidad familiar de la parte compradora  asimismo debe ser también correctamente verificado y calculado y siempre en función del régimen al que se acoja la vivienda, ya sea general o especial.
            Por otro lado, existe también la posibilidad de una Descalificación de la vivienda protegida pero de esto escribiremos en otro número más adelante.
            De todo ello y mucho más estaremos encantados de informarles en nuestra oficina central de Inmobiliaria SEVILLA 2000 en Sevilla Este sita en Avda. de la Ciencia nº 24 frente a Correos.  Llevamos 10 años perfeccionando con total éxito y garantía este tipo de compra-venta de viviendas de VPO en Sevilla Este y conocemos toda su problemática al dedillo.  No en vano, estamos certificados como Agencia Homologada reconocida por la Junta de Andalucía con nº 00188/08. 
            Estaremos encantados igualmente de ahorrarles la pérdida de innumerables mañanas de colas, consultas y trámites administrativos en la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas de la Junta.

INMOBILIARIA SEVILLA 2000